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PAC 67 – Las patentes OGM, vectores de dependencia agrícola La condena de Monsanto por el Tribunal del Estado de Rio Grande du Sul

Por Armand Suicmez

Traducción: Ulises Aquino

Passage au crible n°67

Pixabay

El 4 de abril de 2012, Giovanni Conti, juez del Tribunal del Estado de Rio Grande do Sul condenó a Monsanto a suspender la recaudación de cuotas sobre los OGM de soja (Organismos Genéticamente Modificados). Esta decisión implica igualmente el reembolso de los costos de licencia, recibidos después de la campaña cultural 2003-2004, con motivo de una “violación de la ley brasileña sobre las variedades”. Una multa diaria de 400,000 euros la sancionará en caso de no respetar esta decisión.

Éste está lejos de ser un caso aislado. La multinacional ya ha conocido un contratiempo cuando fue desestimada por la CEJ (Corte Europea de Justicia) el 6 de julio del año pasado. Monsanto intentó entonces impedir las exportaciones de soja transgénica, de Argentina a los Países Bajos, por falta de pago. Esta situación muestra como la supremacía de la empresa se ha desmoronando.

Contexto histórico
Marco teórico
Análisis
Referencias

Contexto histórico

Fundada en Estados Unidos en 1901 por John Francis Queeny, la firma Monsanto estuvo inicialmente especializada en la comercialización de productos químicos. Desde comienzos de los años ochenta, obtuvo las primeras plantas de invernadero modificadas tras numerosas investigaciones genéticas. En 2002, el conglomerado se convirtió en el líder mundial de la agricultura transgénica después de haber desarrollado sus ventas a nivel internacional.

La autorización de comercialización de la papa NewLeaf, del maíz YieldGard, de la canola y la soja Roundup Ready entre 1995 y 1996 diversificó las gamas y la oferta de nuevas opciones a la sociedad. En 2001, beneficiándose de la débil colecta de soja en Sudáfrica y de la producción de algodón en India, Monsanto se implanto definitivamente en esos países. Desde entonces, su avance en importantes Estados productores se mantiene regular y durable. Esta expansión está ligada a la venta de granos, y principalmente a las cuotas percibidas por la propiedad industrial que impiden, “por un lado de poder resembrar los años siguientes y, por otra parte, de donar o intercambiar sus semillas. Claramente, esas organizaciones de agricultores brasileños rechazan pagar estas cuotas, independientemente si las semillas son recolectadas, seleccionadas y replantadas”.
En Brasil (República Federal compuesta por 26 estados) la propiedad intelectual está regida por los artículos 10 y 18 de la ley 9279. La primera de ellas estipula que, están excluidas de esta definición “todo o parte de seres vivientes naturales y los materiales biológicos encontrados en la naturaleza, o incluso que se encuentren aislados, comprendiendo el genoma y el germoplasma de todo ser viviente natural y los procesos biológicos naturales”. El segundo obviado por Monsanto, que firma los acuerdos directamente con los negociadores, señala que “esos microorganismos, exceptuando todos o parte de las plantas o animales, presentan, por la intervención humana directa en su composición genética, una característica que, normalmente no es realizable por la especie en condiciones naturales”.

En 2009, la puesta en marcha de nuevas generaciones de plantas trajo consigo el aumento de la cuota de 48 euros/hectárea a 145 euros, bajo el argumento de rentabilidad. En este contexto, los trabajadores agrícolas de Rio Grande do Sul y las asociaciones de agricultores de Giruá y Arvorezinha a quienes se unieron los de Passo Fundo, Santiago y Sertão se quejaron por abuso. Monsanto respondió inmediatamente argumentando procedencia de este argumento “ya que sólo hay relaciones comerciales con los individuos”. La firma hizo entonces un llamado en la Corte Federal de Brasil que, si falla en favor de los demandantes, conferirá un valor nacional a su decisión.

Actualmente, el reembolso total de las cuotas desde 2003-2004 alcanza alrededor de 6,200 millones de euros redistribuidos a cinco millones de agricultores.

Marco teórico

Mantengamos dos líneas de análisis:

1. La patente como centro del sistema de beneficios. Aunque símbolo principalmente de la protección de la investigación, el principio de la propiedad intelectual (que permite prohibir a terceros, el derecho de explotar una inversión) sirve también a las firmas como freno en las negociaciones. Las compañías se benefician de la heterogeneidad de las normas que subsisten entre países (como en el caso de los OGM) para aumentar sus beneficios, cuando ellas no están en ocasiones ni siquiera más o menos directamente coludidas con los poderes públicos.
2. La contestación simbólica de las firmas monopólicas. Las estrategias predatorias de las empresas en posición monopólica, muestran frecuentemente la ineptitud de los Estados para arbitrar los litigios que estas entablan con sus clientes. Los procesos judiciales generalmente no representan que el resultado de campañas de shaming, dirigidas por actores transnacionales como las ONG por ejemplo.

Análisis

En un país donde 95% de la agricultura es transgénica, el monopolio práctico de Monsanto induce una dependencia de los productores brasileños, perpetuado por el pago de cuotas. Por esto, ya extensamente descreditada por el público y los medios por la ausencia de toda concurrencia sobre el mercado de OGM, la multinacional padece de una imagen simbólica fuertemente deteriorada.

El crecimiento orgánico del grupo industrial presenta la particularidad de estar fundado sobre la propiedad industrial que le sirve para imponer a los productores el pago de una renta. Por esto, la patente deviene un arma legal que asegura la rentabilidad. Contrariamente a la creencia popular, las lagunas del derecho comercial en materia de innovación no parecen constituir una debilidad, ellas permiten al contrario un mayor margen de maniobra a Monsanto en la puesta en marcha de su estrategia empresarial. Beneficiándose de esta asimetría, ella puede acumular beneficios regulares frente a los campesinos que se encuentran cada vez más aislados. Evitando la legislación para negociar directamente con los agricultores, Monsanto se beneficia de su majestuosidad en el sector de los OGM para imponer sus condiciones de explotación.

En este contexto, la demanda impuesta por las asociaciones de agricultores viene a contestar una relación que hasta hace dos años parecía natural. En efecto, las connivencias que la firma mantenía con los gobiernos incapaces de responder a la imprecisión de los marcos normativos, le ofrecían hasta entonces un vasto campo de acción en toda impunidad. Ahora bien, la concurrencia de actores fuera de la soberanía, tales como la nueva comunidad de negociadores-labradores y la colectividad territorial de Rio Grande do Sul, pone un fin a esta situación.

En materia de prospectiva, las recientes oposiciones a las prácticas de Monsanto han abierto una brecha en cuanto al reforzamiento de normas internacionales relativas a la propiedad industrial. Hasta ahora, iniciativas poco estrictas y no homogéneas, ya han sido propuestas por la OMC (Organización Mundial del Comercio), pero ellas siguen siendo embrionarias. Por otra parte, la implicación de tribunales nacionales indica una tentativa de reestatización de ciertos intercambios transnacionales.

Referencias

Info’OGM ; Brésil – La justice refuse à Monsanto le droit de prélever des royalties sur le soja OGM; http://www.infogm.org/spip.php?article5124 ; dernière consultation : 31/05/2012.
Sägesser Caroline, “Le dossier des OGM dans les instances internationales”, Courrier hebdomadaire du CRISP, (19), 2001, pp. 5-34.
Fok et al Michel, “ Un état de coexistence du soja transgénique et conventionnel au Paraná (Brésil) ”, Économie rurale, (320), juin 2010, pp. 53-68.
Laroche Josepha, La Brutalisation du monde, du retrait des États à la décivilisation, Montréal, Liber, 2012.